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Solicitud del incentivo del Programa Nacional de Incentivos a Docentes Investigadores

A través de la Secretaría de Ciencia y Técnica, la UADER informa que se encuentra abierta la convocatoria 2017 para la solicitud del incentivo del Programa Nacional de Incentivos a Docentes Investigadores, instrumentado por la SPU. El sistema se encontrará abierto hasta el viernes 20 de abril, a las 23:59.

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A través de la Secretaría de Ciencia y Técnica, la Universidad Autónoma de Entre Ríos (UADER) informa que se encuentra abierta la inscripción a la Solicitud de Incentivos 2017 del Programa Nacional de Incentivos a Docentes Investigadores, instrumentado por la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación de la Nación. El sistema se encontrará abierto hasta el viernes 20 de abril, a las 23:59.

Para la solicitud del pago de incentivos del Programa de Incentivos a Docentes Investigadores (por proyectos acreditados desarrollados durante el año 2017) deberá realizar la carga en línea a través del Sistema Incentivos desarrollado por el SIU, para lo que deberá acceder a: http://incentivos.siu.edu.ar

Se está trabajando con el área de sistemas de la SPU para solucionar inconvenientes surgidos en relación a la carga de datos de los cargos docentes de UADER. En caso de no ver sus cargos deberá informar al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

DESCARGAR INSTRUCTIVO

Requisitos para percibir Incentivos

El incentivo del año 2017, sólo podrá ser solicitado para aquellos proyectos acreditados que hubieran iniciado sus actividades antes del 30 de abril de ese año. Aquellos docentes que posean dos cargos simples rentados, podrán solicitar el cobro de incentivos por dedicación a la investigación Semi-Exclusiva (dedicación 2). Los docentes que posean un cargo simple en el ámbito de la Universidad, únicamente podrán cobrar el incentivo en los casos previstos en el Art. 25 , incisos a) y b) del Manual de Procedimientos

Preguntas Frecuentes

– ¿Quiénes pueden percibir el Incentivo? Los docentes investigadores que tengan una categoría de la SPU y que hayan participado durante 2017 en un proyecto de investigación acreditado.

– ¿Qué condiciones debe cumplir el proyecto por el cual desea cobrar? El proyecto debe ser Acreditado en los términos previstos por el Manual de Procedimientos.

Para tener en cuenta
– Estoy compartiendo la computadora con otros investigadores, ¿Debo tener en cuenta algún detalle?

Sí. Debe asegurarse de que el investigador anterior haya “cerrado la sesión” haciendo click en la opción “SALIR” que figura en la parte superior derecha de la pantalla. También debe asegurarse de cerrar su propia sesión al terminar de utilizar el sistema, aunque no haya realizado aún la impresión definitiva.

– Cuando realizo la impresión (previa o definitiva) las hojas aparecen cortadas. ¿Cómo puedo solucionarlo?
Intente nuevamente utilizando el navegador de Internet MOZILLA FIREFOX O GOOGLE CHROME (en lugar de Internet Explorer).

– Los datos referidos a cargo docente y dedicación deben ser los de mayor jerarquía correspondientes al 2017.
– No se puede cambiar de proyecto en el transcurso del año.
– Actividad docente: controlar las materias y los códigos correspondientes. Recordar el cumplimiento de 120 horas anuales en la participación personal en el dictado de clases (frente a alumnos).
– Tener en cuenta el Nº de CUIL debido a que es el identificador que se utiliza para el pago del incentivo.
– El pago del incentivo se autorizará con relación al proyecto acreditado por el que el docente investigador solicitó el incentivo en la convocatoria de ese período, debiendo integrar dicho proyecto hasta su finalización, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 40 inciso c)del Manual de Procedimientos.
– Los docentes investigadores adheridos al Art. 25 Inc. “a” y Art. 40 Inc. “deberán contar con el acto administrativo correspondiente (Resolución del Consejo Directivos de la Facultad). Debe recordar que sin el mismo no se podrá hacer efectivo el pago del incentivo con dedicación exclusiva.
– Si en el cuadro de dedicación docente aparece SIMPLE -1 o SEMI -1 es porque el investigador está adherido al Art. 25 Inc. “a” y Art. 40 Inc. “g”y cobra como exclusiva.
– Las solicitudes de docentes-investigadores incluidos en el Art. 40 inciso e) del Manual de Procedimientos, deben ir acompañadas por la documentación que se solicita en dicho artículo.
– ART Nº 40 Inc. e: “Los docentes investigadores que durante cualquier período de pago del incentivo se encuentren en uso de año sabático o realizando tareas de investigación o intercambio académico fuera de su universidad, por un lapso superior a TREINTA (30) días corridos, con percepción de haberes, podrán seguir percibiendo el incentivo, siempre que las autoridades pertinentes según los estatutos de la respectiva universidad, avalen dichas actividades mediante el acto administrativo correspondiente, debiendo adjuntar la documentación que deje constancia de las mismas. El Director del proyecto deberá a su vez avalar dicha ausencia, señalando los beneficios que la misma reporta para la marcha de las investigaciones”.
– Si usted está incluido en el art. Nº 40 inc. “e” y, en consecuencia, en algún período no dicta clases, deberá seleccionar el curso creado a tal efecto.

Se deberá entregar la documentación en carpeta debidamente foliada en la Secretaría de Investigación de la Facultad o en la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Universidad.

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