A través de la Ordenanza CS N° 128/19, la Universidad Autónoma de Entre Ríos adhiere a la Resolución 233/18: "Prácticas Sociales Educativas. Incorporación en los diseños curriculares" del Ministerio de Educación de la Nación, con el objeto de incentivar la formación de egresados con compromiso social. Asimismo, la citada Ordenanza establece la necesidad de incluir las PET en las carreras de pregrado y grado de las facultades, las cuales se implementarán a partir de lineamientos específicos de cada Facultad, determinando las modalidades para que sean acreditadas en el certificado analítico de los egresados.
Las Prácticas Educativas Territoriales (PET) constituyen instancias específicas de docencia universitaria que, articulando enseñanza, investigación y extensión, promueven la formación universitaria integral y la interacción con otros actores para construir conocimientos comunes frente a los desafíos presentes en los territorios.
Las PET en nuestra Facultad
La implementación de las Prácticas Educativas Territoriales (PET) en la FHAyCS, encuadrada en una perspectiva de derechos humanos, promoverá la formación de estudiantes y graduados sensibles a las problemáticas sociales de la comunidad, con compromiso ético y político en la transformación del entorno y de las realidades culturales para una mejor calidad de vida de la población.
La incorporación de las PET a la formación de los estudiantes que cursan las carreras de pregrado y grado reafirma la vinculación y el compromiso que la Universidad tiene con el contexto socio territorial de la que es parte y colabora en la concreción de la misión social definida en los marcos políticos e institucionales que la sustentan.
La Facultad de Humanidades, Artes y Ciencias Sociales, como parte de su identidad político institucional, desarrolla acciones permanentes de articulación con la comunidad a través de sus propuestas académicas, proyectos de extensión, proyectos de extensión de cátedra (PECAT), cátedras abiertas y programas institucionales. Estas propuestas, que se elaboran colaborativamente entre docentes, estudiantes y graduados a partir de temáticas pertenecientes a diversos campos disciplinares, se transforman en antecedentes que sientan las bases del trabajo en estos contextos con temáticas factibles de ser implementadas como PET.
Normativas
Modelos de Actas y Notas
Formulario de presentación
Bibliografía
Preguntas Frecuentes
¿Cómo se coordinará institucionalmente la implementación de las PET?
Se coordinará por una Comisión de Prácticas Educativas Territoriales (CPET), a los efectos de garantizar las instancias de acompañamiento en la formulación, implementación y evaluación de las PET en la FHAyCS. Esta comisión está integrada por un representante de la secretaría de extensión, un representante de la secretaría académica, un representante de la secretaría de bienestar estudiantil y un representante de las coordinaciones de carrera; asimismo funcionará con una coordinación general designada, al igual que la Comisión, por autoridades de la FHAyCS.
La Coordinación general será responsable de garantizar instancias de asesoramiento y capacitación de las propuestas, previo conocimiento y conformidad de la CPET. Asimismo serán las encargadas de la recepción de las PET de acuerdo a las líneas prioritarias que orientan la convocatoria.
¿Quiénes conforman la CPET?
La Comisión de Prácticas Educativas Territoriales está conformada por el Lic. Lucas Barrios, en representación de la Secretaría de Extensión Universitaria y DDHH; la Prof. Alexandra Isabel Godoy, en representación de la Secretaría Académica; y la Lic. Lucía Schiro, por la Secretaría de Bienestar Estudiantil.
¿Cómo se acreditarán las PET?
Las PET deberán cumplimentar un mínimo de 3% de la carga horaria total de la carrera. Este porcentaje implica analizar las líneas prioritarias para la convocatoria de los espacios curriculares que implementarán las PET.
Para la acreditación de las trayectorias estudiantiles se tendrá en cuenta lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 2405/17 y la Resolución de adhesión del Consejo Superior de la UADER N° 116/19, con el fin de que las trayectorias académicas de cada estudiante en las prácticas queden explicitadas en los certificados analíticos como Suplemento al Título Universitario.
¿Quiénes pueden presentar PET y cuáles son los requisitos?
Las propuestas PET deberán consignar las carreras para las cuales se proponen, teniendo que pasar por las instancias de análisis y revisión por parte de la CPET.
Las propuestas de PET podrán presentarse a través de espacios curriculares específicos o proyectos interdisciplinarios que se generen desde diferentes asignaturas de una misma carrera o entre asignaturas de carreras diferentes. También podrán realizarse de manera transversal a través de Proyectos de Prácticas Educativas Territoriales que proponga la Facultad, Secretarías o coordinaciones de carreras, cuyas acciones serán desarrolladas por docentes de las carreras designadas a tal fin.
¿Qué normativas regulan la implementación de las PET?
Las normativas que regulan y reglamentan las PET son:
Ordenanza CS N° 128/19 de la Universidad Autónoma de Entre Ríos.
Resolución CD N° 1907/24 de la Facultad de Humanidades, Artes y Ciencias Sociales.
Novedades
- Capacitación sobre Prácticas Educativas Territoriales (PET) en la FHAyCS
- Charla con estudiantes: «Implementación de las PET en la FHAyCS»
- El Festival de las Infancias como Práctica Educativa Territorial de la FHAyCS
- Encuentro de capacitación para equipos coordinadores de Prácticas Educativas Territoriales
- Jornada de lectura y juegos en la Escuela «Dominguito» de La Picada
- Se recepcionarán los proyectos de PET durante todo el mes de mayo
Reunión Inicio de PET: 1ra Convocatoria 2025
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Reunión Informativa sobre las Prácticas Educativas Territoriales PET - 13/12/2024
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«Capacitación PET febrero 2025 - FHAyCS»
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