
Las contribuciones se otorgan a las instituciones universitarias públicas y privadas que operan en el territorio correspondiente, que las soliciten a través de las representaciones diplomáticas. Plazo: 13 de marzo de 2026.
La solicitud de subvención presentada a la Oficina VII DGCE debe incluir cursos de formación para profesores de lengua italiana que trabajan en universidades locales.
Las universidades donde trabaja un profesor ministerial también pueden solicitar financiación. Si el profesor es formador, no podrá optar a la compensación económica. Sin embargo, si desea asistir al curso, solo podrá participar como oyente, pero no se le contabilizará entre los participantes.
En la asignación de los recursos financieros disponibles se tendrán en cuenta los siguientes criterios y parámetros:
a) la correcta utilización de cualquier contribución recibida en años anteriores o la devolución de cualquier contribución utilizada indebidamente;
b) número de participantes en el curso de formación/actualización y perfeccionamiento para profesores universitarios de lengua italiana;
c) grado de dificultad para encontrar profesores italianos locales cualitativa y cuantitativamente adecuados a las necesidades del país;
d) nivel de atractivo de la lengua italiana en el país e impacto de los cursos en la promoción de la cultura y la lengua italiana;
e) Facultad donde se imparte el curso, priorizando los cursos de sectores estratégicos (por ejemplo, ciencias / arquitectura / diseño / economía / gastronomía y vinos);
f) apoyo a proyectos innovadores orientados al uso de nuevas tecnologías (libros electrónicos, cursos a distancia, etc.);
g) nivel de relaciones bilaterales;
h) orden de prioridad asignado a la solicitud por la Embajada competente;
No se aceptarán solicitudes para cursos de formación y actualización impartidos en Italia ni en el extranjero. No se aceptarán solicitudes para la organización de cursos curriculares, conferencias, seminarios o debates, ni para cubrir los costes de participación del profesorado en estas iniciativas. De conformidad con la normativa aplicable, no se aceptarán solicitudes para cursos de formación dirigidos a estudiantes universitarios que aspiren a ser profesores de italiano en el futuro. Los estudiantes interesados podrán asistir al curso como oyentes, pero no se contabilizarán como participantes. Los cursos deben estar dirigidos a profesores de italiano que ya trabajan en universidades extranjeras .
Las subvenciones están destinadas a cubrir solo una parte de los costos del curso. En el formulario correspondiente, la organización solicitante debe cuantificar los gastos que puede afrontar de forma independiente. La organización también debe proporcionar una descripción detallada del proyecto y sus necesidades de capacitación. Los costos enumerados en "Otros" en el presupuesto o la declaración solo podrán ser cubiertos por la subvención si están relacionados con la enseñanza del curso. Por ejemplo, pero no limitado a, los costos de refrigerios, almuerzos, cenas y alojamiento para los participantes del curso no se pueden cubrir.
Tenga en cuenta que los cursos a distancia para el profesorado universitario permiten ampliar la formación a un mayor número de usuarios, con importantes ventajas económicas. Se ha observado que, para optimizar los costos, los cursos deben tener un mínimo de 15 y un máximo de 25 profesores por clase. Este tipo de formación debe fomentarse mediante la agrupación de profesores, incluyendo aquellos de diferentes universidades, no necesariamente dentro del mismo distrito consular, asegurando la participación del número mínimo de estudiantes matriculados.
Respecto al plazo para el uso de los aportes otorgados durante un ejercicio económico, se especifica que los fondos asignados para la formación y actualización docente deberán ser utilizados al finalizar las actividades del año académico correspondiente.
Por ejemplo, los aportes otorgados en el EF 2026 deberán ser utilizados por las universidades al final de las actividades del año académico 2026-27 (según el calendario, norte o sur, adoptado por cada universidad).
INSTRUCCIONES PARA SOLICITAR UNA CONTRIBUCIÓN
Las solicitudes de contribuciones según el artículo 2619/3 deben incluir la siguiente documentación:
– Carta de solicitud y motivación de la institución universitaria;
– Formulario A de solicitud de contribución, conteniendo la opinión de la Embajada y la declaración de conformidad del documento con el original que obra en los registros de la Embajada;
– Formulario B, es decir, el informe final sobre la utilización de la última contribución recibida, que contiene la opinión de la Embajada y la declaración de conformidad del documento con el original que obra en los archivos de la Embajada.
Respecto de la documentación antes mencionada, se especifica lo siguiente:
CARTA DE LA UNIVERSIDAD (máximo una página): Esta carta debe proporcionar una explicación concisa y detallada de la solicitud. Debe estar escrita en papel membretado de la universidad, firmada por el director académico y acompañada del sello de la universidad.
– FORMULARIO A: la solicitud de financiación para cursos de formación y actualización para profesores de lengua italiana que trabajan en universidades extranjeras debe realizarse en el formulario adjunto, que debe completarse EN SU TOTALIDAD, tanto en la sección destinada a las universidades interesadas como en la sección reservada a la Embajada;
– FORMULARIO B: Las universidades que recibieron financiación en el EF 2025 o en el quinquenio anterior (EE.FF. 2020-2024), al finalizar los cursos organizados, deberán elaborar un informe final sobre el uso de la última financiación recibida, utilizando el Formulario B adjunto. También en este caso, el formulario deberá completarse EN SU TOTALIDAD, tanto en el apartado correspondiente a la universidad como en el reservado a la Embajada.
Los archivos se rellenarán de la siguiente manera:
1) la carta de motivación de la universidad (titulada “2619-3_2026_COUNTRY_University Name Letter”);
2) Formulario A (denominado “2619-3_2026_PAÍS_Nombre de la Universidad Formulario A”) acompañado, en la sección reservada para la Embajada, de la firma digital activa y verificable del Jefe de Misión;
3) si la universidad ha recibido aportaciones en años anteriores, el Formulario B relativo al uso de la última aportación recibida (denominado "2619-3_2026_PAÍS_NombreUniversidad_Formulario.B") acompañado, en la sección reservada a la Embajada, de la firma digital activa y verificable del Jefe de Misión.
La presentación del informe final es un requisito previo para la concesión y el desembolso de la subvención. Por lo tanto, le rogamos que lo presente junto con su nueva solicitud de subvención, incluso si ya la ha presentado ante esta Oficina.
Para las universidades que adopten el calendario sureño, dada la postergación de la conclusión del Año Académico, será posible presentar el informe en una fecha posterior, pero en todo caso NO MÁS TARDE QUE la fecha límite obligatoria del 15 de agosto de 2026, para permitir que esta Oficina complete el proceso administrativo y contable para el pago de cualquier nueva beca otorgada en tiempo y forma.
Por último, se recuerda que el informe final es un requisito obligatorio para todas las instituciones universitarias que hayan recibido financiación, incluso si no han presentado una solicitud de subvención en el ejercicio económico en curso.
Las universidades deben utilizar únicamente los formularios adjuntos a este mensaje, actualizados con respecto a años anteriores. Dichos formularios, actualizados con respecto a años anteriores, deben completarse digitalmente, sin realizar modificaciones al texto preparado por esta Oficina. Los formularios deben estar fechados, sellados por la institución solicitante y firmados por el director académico.
Reiteramos la importancia de presentar solicitudes a esta Oficina que sean coherentes con los objetivos del capítulo de gastos. Los objetivos de los proyectos presentados deben quedar claramente reflejados en los formularios de solicitud, las cartas de presentación y los informes finales, que deben RESUMIR el uso previsto de los fondos.
FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES (13 DE MARZO DE 2026)
Las solicitudes de subvención deberán presentarse de la siguiente manera:
MOMENTO
Las solicitudes deben enviarse con antelación por correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. (todos los originales deben ser escaneados) y enviarse a esta Oficina Consular, especificando "UFFICIO SCUOLE" en el nombre del destinatario, antes de las 9:00 a.m. del 13 de marzo de 2026 (la fecha del matasellos no se considerará válida).
Consultas: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
:: Dirección de Relaciones Internacionales y Cooperación Regional FHAyCS UADER
