Resolución institucional sobre condiciones de Regularidad, Promoción, acreditación de materias

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Desde la FHAyCS|UADER seguimos trabajando en el complejo escenario de excepcionalidad, signado por la Pandemia de Covid-19.

Debido a la Emergencia Pública Sanitaria establecida por Ley Nº 27.541 en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS); el Ministerio de Educación de la Nación determinó mediante Resolución 104/20 la suspensión del dictado de clases presenciales en todos los niveles, recomendando en esta normativa a las Universidades Nacionales que «deberán adoptarse las medidas necesarias procurando garantizar el desarrollo del calendario académico» (art. 1º)

Iniciamos el Primer cuatrimestre con una organización del dictado de este trayecto pedagógico en que la modalidad virtual ha tenido centralidad; en un trabajo comprometido desde cátedras y carreras con direccionalidad político-académica de la Gestión y el Consejo Directivo en diálogo permanente con todes les actores institucionales.

En ese sentido, la Resolución 172/20 del último Consejo Directivo de la FHAyCS; dispuso en su artículo 7º: Condiciones para la regularidad y promoción de materias, «Requerir a la Secretaría Académica que en forma conjunta con las y los Coordinadores/as de Sedes, Carreras, equipos Docentes y presidentes de las Comisiones de Asuntos Académicos y/o Legales del Consejo Directivo, alcancen acuerdos y establezcan criterios comunes para promover las condiciones de regularidad y/o promoción de asignaturas durante el periodo de actividades no presenciales. Dichos acuerdos y criterios serán refrendados mediante Circular y/o Documentos de trabajo».

En el marco de lo aprobado por Consejo Directivo, hemos venido trabajando, intercambiando, llegando a acuerdos y diseñamos la siguiente propuesta que aborda las Condiciones de Regularidad, Promoción, Acreditación de les estudiantes; como así también plantea una necesaria readecuación del Calendario Académico.

Acompaña la Resolución un Anexo, con un importante documento destinado a los equipos de cátedras en la apuesta de «Construir criterios para acompañar a les estudiantes en la propuesta pedagógica para el año 2020. Regularidad y evaluación en la modalidad no presencial».

Consideramos que la Regularidad es una condición, y que en este contexto necesita ser acompañada con diferentes estrategias para que les estudiantes puedan sostener esta trayectoria pedagógica excepcional con las diversas realidades que cada una y cada uno vive y con las problemáticas que la propia contingencia plantea. Para garantizar en este contexto el Derecho a la Educación Universitaria se considera imprescindible generar criterios de orden político y académico que sostengan la continuidad pedagógica y establecer lazos de contención y seguimiento de la tarea.

Propuesta de la Res. N° 0487/20 Dec
Ver Resolución completa y Anexo

1)
Orientaciones para acompañar la propuesta pedagógica para el año 2020
Se aprueban orientaciones en el Documento de Trabajo Nº 2 «Construir criterios para acompañar a les estudiantes en la propuesta pedagógica para el año 2020. Regularidad y evaluación en la modalidad no presencial» que obra como Anexo único de la presente normativa.

(art. 1 Res. N° 0487/20 Dec)

2)
Readecuación de plazos del calendario académico
Finalización del primer cuatrimestre 2020: se extiende hasta el 10 de julio.
De ser necesario, a los fines de concluir actividades en el marco de la propuesta pedagógica de acompañamiento a la regularidad y a pedido del equipo de cátedra, se podrá ampliar el plazo con fecha límite para cierre de actas el 8 de agosto.

Comienzo y finalización del segundo cuatrimestre: inicia el 10 de agosto y finaliza el 20 de noviembre del presente año lectivo. De ser necesario, a los fines de concluir actividades en el marco de la propuesta pedagógica de acompañamiento a la regularidad y a pedido del equipo de cátedra, se podrá ampliar el plazo con fecha límite para cierre de actas el 27 de noviembre.

(art. 2 Res. 0487/20 Dec)


3)
De la regularidad acompañada en la continuidad pedagógica
Será considerado estudiante regular en espacios curriculares que se cursen en el año académico 2020 quien se haya inscripto a través del SIU guaraní y que se encuentre   vinculado/a en forma continua, parcial, intermitente o bien que no haya logrado comunicación alguna con la propuesta académica planificada por el/la docente o equipo de cátedra.

El Programa de Ingreso, Permanencia y Egreso en forma conjunta con Coordinadores/as de Sedes y Carreras acompañarán mediante un dispositivo específico las trayectorias de aquellos/as/es estudiantes que habiéndose inscripto para cursar no hayan podido vincularse por diversas situaciones en la propuesta académica 2020.

(art. 3 Res. 0487/20 Dec)


4)
De las propuestas para acompañar a les estudiantes inscriptos en las materias
Les docentes y equipos de cátedra continuarán promoviendo instancias de comunicación y seguimiento que puedan dar cuenta de modo cualitativo de los procesos de enseñanza-aprendizaje en la modalidad no presencial implementada en 2020. Este seguimiento podrá tener la forma de trabajo práctico, trabajo integrador, narrativa, informe de lectura, propuesta para la autoevaluación, coevaluación, portafolios, foros, sistematizaciones, entre otras.

(art. 4 Res. 0487/20 Dec)


5)
Asistencia
Se suspendidos los requisitos de asistencia (art. 6 Res. 172/20 CD) y la valoración cuantitativa de trabajos o producciones requeridas a los/as/es estudiantes que invaliden la condición de regular para el presente año académico 2020

(art. 4 Res. N° 0487/20 Dec)

6)
De la acreditación de espacios curriculares
La acreditación de los espacios curriculares podrá realizarse a través de:

Examen final
En la modalidad y según las adecuaciones de fechas que surjan a partir de la extensión de la contingencia sanitaria. El examen final se constituirá en la instancia de acreditación de saberes correspondientes al espacio curricular regularizado. El/la docente o equipo de cátedra propondrá a les estudiantes clases de consultas, tutorías y clases de acompañamiento preparatorias de carácter no obligatorio.

De la acreditación de espacios curriculares (art. 5 Res. N° 0487/20 Dec)

Promoción directa
Se podrá optar por el régimen de promoción directa como sistema de acreditación del espacio curricular. Para este régimen se suspende el requisito de la asistencia debiéndose generar una instancia evaluativa que dé cuenta de la acreditación de los contenidos mínimos del espacio curricular según el plan de estudio con aprobación de una instancia integradora final con nota 8 (ocho) o más. Para acceder a este régimen el/la estudiante deberá tener aprobada/s la/s correlativa/s correspondiente al momento de entrega de nota final.

(art. 5 Res. N° 0487/20 Dec)

7)
Estudiantes Libres
Respecto de la condición de estudiante libre continuará vigente lo previsto por el artículo 25º de la Res. 1814/10 (FHAyCS)

(art. 6 Res. N° 0487/20 Dec)

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