Secretaría Académica da a conocer la Resolución Nº 1281 de Consejo Directivo. En la misma, se deroga el artículo 47 de la Res. Nº 1814-10 del Reglamento Académico, en cuanto sanciona con la prohibición de presentarse a rendir durante el siguiente llamado a los alumnos que habiéndose inscripto a examen y desistiesen de presentarse, no cancelaren con 24 horas hábiles de anticipación su inscripción.
La aplicación de esta Resolución será a partir del segundo llamado del presente turno de exámenes.