Solicitud de Incentivos Docentes Investigadores

Desde la Secretaría de Ciencia y Técnica, la UADER informa que el Programa de Incentivos a Docentes Investigadores inscribe del 22 de marzo al 21 de abril.

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A través de la Secretaría de Ciencia y Técnica, la Universidad Autónoma de Entre Ríos (UADER) informa que se encuentra abierta la inscripción a la Solicitud de Incentivos 2016 del Programa Nacional de Incentivos a Docentes Investigadores. El sistema se encontrará abierto desde el miércoles 22 de marzo hasta el viernes 21 de abril, a las 12:00. No obstante, se sugiere cargar los datos hasta el 14 de abril, para contar con tiempo suficiente que permita solucionar cualquier inconveniente surgido en esta carga.

La carga debe realizarse en línea a través del Sistema Incentivos desarrollado por el SIU perteneciente al Ministerio de Educación y Deportes de la Nación, para la solicitud de cobro del Programa de Incentivos por proyectos acreditados desarrollados durante el año 2016.

Acceder a: http://incentivos.siu.edu.ar Aquellos docentes que se hayan presentado al proceso de Categorización 2014 y aún no hayan obtenido su categoría, podrán solicitar el incentivo 2016, si reúnen el resto de las condiciones, quedando pendiente su aprobación al resultado de la categorización 2014.

VER INSTRUCTIVO

Requisitos para percibir Incentivos: El docente que posee actividad docente y de investigación acreditada en más de una Universidad Pública, debe solicitar incentivos ante la Universidad en la que posea el cargo de mayor dedicación. El incentivo del año 2016, sólo podrá ser solicitado para aquellos proyectos acreditados que hubieran iniciado sus actividades antes del 30 de abril de ese año.

Los docentes que soliciten Incentivos por proyectos radicados en otras Universidades Públicas, deberán presentar un convenio específico entre las Universidad en donde está radicado el proyecto y la Universidad en la cual solicita el cobro, tal como lo establece el art. 28 del Manual de Procedimientos. Aquellos docentes que posean dos cargos simples rentados, podrán solicitar el cobro de incentivos por dedicación a la investigación Semi-Exclusiva (dedicación 2).

Los docentes que posean un cargo simple en el ámbito de la Universidad, únicamente podrán cobrar el incentivo en los casos previstos en el Art. 25 , incisos a) y b) del Manual de Procedimientos En el caso de solicitar el incentivo por un proyecto que no ha sido acreditado por esta Universidad, deberá presentarse:
- Copia de la resolución de aprobación del proyecto con la certificación de acreditación correspondiente.
- Convenio correspondiente (entre esta Universidad y la entidad en la que está radicado el proyecto).

En caso de proyectos acreditados por entidades habilitadas para tal fin (INTA, CONICET, etc.): Los docentes que soliciten Incentivos por proyectos externos a las Universidades, es decir, proyectos Conicet, Agencia, INTA, CONICOR, CIC, u otros, deberán presentar del proyecto, al menos, portada en la que figure el nombre completo, nombre del Director, página en la que figura el docente de UADER que integra el proyecto, y constancia de la fecha de inicio del proyecto.

Preguntas Frecuentes
- ¿Quiénes pueden percibir el Incentivo? Los docentes investigadores que tengan una categoría en firme o hayan solicitado categoría en la categorización de 2014, y que hayan participado durante 2016 en un proyecto de investigación acreditado.
- ¿Qué condiciones debe cumplir el proyecto por el cual desea cobrar? El proyecto debe ser Acreditado en los términos previstos por el Manual de Procedimientos.

Para tener en cuenta
- Estoy compartiendo la computadora con otros investigadores, ¿Debo tener en cuenta algún detalle? Sí. Debe asegurarse de que el investigador anterior haya “cerrado la sesión” haciendo click en la opción “SALIR” que figura en la parte superior derecha de la pantalla. También debe asegurarse de cerrar su propia sesión al terminar de utilizar el sistema, aunque no haya realizado aún la impresión definitiva.
- Cuando realizo la impresión (previa o definitiva) las hojas aparecen cortadas. ¿Cómo puedo solucionarlo? Intente nuevamente utilizando el navegador de Internet MOZILLA FIREFOX O GOOGLE CHROME (en lugar de Internet Explorer).
- Los datos referidos a cargo docente y dedicación deben ser los de mayor jerarquía correspondientes al 2016.
- No se puede cambiar de proyecto en el transcurso del año.
- Actividad docente: controlar las materias y los códigos correspondientes. Recordar el cumplimiento de 120 horas anuales en la participación personal en el dictado de clases (frente a alumnos).
- Tener en cuenta el Nº de CUIL debido a que es el identificador que se utiliza para el pago del incentivo.
- El pago del incentivo se autorizará con relación al proyecto acreditado por el que el docente investigador solicitó el incentivo en la convocatoria de ese período, debiendo integrar dicho proyecto hasta su finalización, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 40 inciso c)del Manual de Procedimientos.
- Tener en cuenta que los proyectos de investigación acreditados, así como los integrantes de dichos proyectos, sólo podrán incorporarse al programa hasta el 31 de abril de cada año (Resolución SPU Nº117/SCTIP Nº534).
- Los docentes investigadores adheridos al Art. 25 Inc. “a” y Art. 40 Inc. “deberán contar con el acto administrativo correspondiente (Resolución del Consejo Directivos de la Facultad). Debe recordar que sin el mismo no se podrá hacer efectivo el pago del incentivo con dedicación exclusiva.
- Si en el cuadro de dedicación docente aparece SIMPLE -1 o SEMI -1 es porque el investigador está adherido al Art. 25 Inc. “a” y Art. 40 Inc. “g”y cobra como exclusiva.
- Las solicitudes de docentes-investigadores incluidos en el Art. 40 inciso e) del Manual de Procedimientos, deben ir acompañadas por la documentación que se solicita en dicho artículo.
- ART Nº 40 Inc. e: “Los docentes investigadores que durante cualquier período de pago del incentivo se encuentren en uso de año sabático o realizando tareas de investigación o intercambio académico fuera de su universidad, por un lapso superior a TREINTA (30) días corridos, con percepción de haberes, podrán seguir percibiendo el incentivo, siempre que las autoridades pertinentes según los estatutos de la respectiva universidad, avalen dichas actividades mediante el acto administrativo correspondiente, debiendo adjuntar la documentación que deje constancia de las mismas. El Director del proyecto deberá a su vez avalar dicha ausencia, señalando los beneficios que la misma reporta para la marcha de las investigaciones”.
- Si usted está incluido en el art. Nº 40 inc. “e” y, en consecuencia, en algún período no dicta clases, deberá seleccionar el curso creado a tal efecto.
Se deberá entregar la documentación en carpeta debidamente foliada en la Secretaría de Investigación de la Facultad o en la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Universidad.
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